Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar, la demanda de Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, suscrito entre las ciudadanas FARELIS UGAS, en calidad de arrendataria y la ciudadana RUHT MARQUEZ, parte demandada en calidad de arrendadora, representada judicialmente la primera por la abogada FREDDY BOGADY FLORES y SALVADOR FARIAS, y la segunda por el abogado EDUARDO JOSE GARCÍA GUERRA, ambas partes identificadas en autos. En consecuencia se ordena a la parte demandada ciudadana RUHT MARQUEZ, a cumplir el contrato de arrendamiento verbal que conviniere con la ciudadana FARELYS UGAS, por un lapso de Un(1) año, de las dos(2) habitaciones del mencionado inmueble ubicado en la calle principal de valle nuevo, Nro. 62, de la Urbanización San Martín.
Se condena a la parte demandad.....