En virtud de todo lo antes expuesto, éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la Causa, seguida al ciudadano Elvis Víctor Aguilera Rodríguez, por la presunta comisión del delito de Daños a la Propiedad, previsto y sancionado en el artículo 473 del Código Penal, en perjuicio de Yelitze Landaeta Santiago; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 108 ordinal 5° y 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 320 ejusdem. ...