Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República por Autoridad de la Ley ACUERDA a favor del sancionado: "OMISIS", antes identificado, la SUSTITUCIÓN de la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por el cumplimiento simultáneo de las medidas de LIBERTAD ASISTIDA e IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de diez (10) meses y once (11) días, cuyo vencimiento corresponde el 23 de Junio de 2011, de conformidad con lo establecido en los artículos 629 y 647 literal e) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y se acuerda su libertad. En consecuencia, para el cumplimiento de la Medida de LIBERTAD ASISITIDA el sancionado deberá desde el 11 de Agosto de 2010, hasta el 23 de junio de 2011, asistir mensualmente ante el Equipo Multidisciplinario de la Sección de Adolescentes, adscrito al Centro Socio Educativo, R.....