Así las cosas, de un análisis efectuado a los particulares que preceden, de éstos se desprende, específicamente en lo que respecta al dispositivo legal parcialmente trascrito, que el reclamo es el recurso pertinente para impugnar las decisiones de los expertos en casos de experticias complementarias del fallo, más no la conminación del experto para que efectúe un nuevo cálculo del daño cuya estimación se requiere, en este caso de las cantidades de dinero dejadas de percibir por la ciudadana JUANA SURLINE COA. De modo que, en atención a lo anteriormente expuesto, este Tribunal niega lo solicitado por el diligenciante por no ser procedente. Así se decide.