Por las consideraciones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control y N° 6 de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, estima que lo procedente y ajustado a derecho es imponer al imputado MAIKER JOSE GARCIA GALANTON, venezolano, cédula de identidad N° V- 14.419.835 , nacido en fecha 28/06/1976, hijo de Maria Galanton y Elis García, de profesión obrero, residenciado en Cantarrana, Calle Los Almendrones, casa S/N, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, de conformidad con de conformidad con el artículo 92 numeral 8, en relación al 89 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el 256, numerales 3, 5, 6 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentaciones cada quince (15) por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; la salida del hogar conyugal, y la prohibición d.....