En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, al ciudadano JOVANNY DE JESÚS JIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.827.503, de 40 años de edad, nacido en fecha 28-12-1971, soltero y residenciado en el Brasil, Sector II, Las Barracas, frente al Mercal, casa 05, Parroquia Altagracia, del Municipio Sucre, Cumaná del Estado Sucre, de conformidad con lo previsto en el ordinal 1° del artículo 318, del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al imputado, a la defensa y al Fiscal de la presente decisión conforme al artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en Cumaná a los 13 días del mes de Julio del año 2011. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.