en consecuencia Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa en lo que respecta al acusado CHRISTIANS ROJAS MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula N° 3.778.347, residenciado en la Urbanización La Llanada, sector 02, calle 09, casa N° 14, Cumaná, Estado Sucre, por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal vigente para la fecha de ocurrencia del hecho, el cual sucediera en fecha 29 de Enero de 2004, cuando se perpetrara el mismo en la Urbanización la Llanada, en perjuicio de CARLOS JULIO ZAMBRANO PEREZ.- Por efecto de la decisión dictada se acuerda la libertad inmediata del acusado CHRISTIAN ROJAS MARCANO, a quien se le otorga desde esta sala de audiencias, dejándose constancia que se retira en buenas condiciones físicas.- Librese Boleta de Lib.....