Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Tribunal se declaró PRIMERO: se declara el decaimiento del objeto de la acción, correspondiente a la Querella Funcionarial interpuesta por el abogado Carlos Enrique Chacón, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 46.967, apoderado Judicial del ciudadano Luís Ramón Espinoza Marcano, titular de la cedula de identidad Nº 5.906.598, contra el Concejo Municipal del Municipio Arismendi del Estado Sucre.