Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda decretar LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor del ciudadano JOSÉ MIGUEL CARIAS, venezolano, de 23 años de edad, de profesión u oficio estudiante, natural de Cumaná, nacido en fecha 26-05-1984, titular de la Cédula de Identidad N° V-22.842.018, residenciado en Calle Las Mercedes, Santa Fé, casa S/N, Pueblo Nuevo, al lado de la Farmacia Santa Elena, Estado Sucre. Se acuerda expedir las copias simples solicitadas por las partes. Se acuerda que el imputado de autos, salga en libertad desde la misma Sala de audiencias.