Por las razones antes expuestas este Tribunal, declara.
PRIMERO: CON LUGAR la demanda.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada, a pagar a la demandada, la cantidad que arroje la experticia complementaria del fallo que se acuerda, por los conceptos indicados en la parte motiva del presente fallo, la cual será realizada por un único Experto que nombrará el Tribunal, quien deberá establecer los montos por concepto de Diferencia salarial, Antigüedad, Indemnización por despido, Preaviso, vacaciones anuales y fraccionadas y días adicionales, bono vacacional, bono vacacional fraccionado, Incumplimiento a la Contratación Colectiva en sus cláusulas 24 y 40, Diferencia de Bonificación de fin de año y la Cesta Ticket, . Tomando como salario base el establecido en la motiva del presente fallo. El Experto deberá cumplir su función con la información fidedigna que recabe y o de cualquier otro medio de información que estime pertinente, así mismo la parte accionada suministrará al experto que .....