este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la CESACIÓN la medida de amonestación, impuesta a "OMISSIS" por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado Y Amenaza previstos en el articulo 452 del Código Penal Vigente y 41 de la ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a un Vida Libre de Violencias; en perjuicio de la ciudadana Vismel Carolina Freites Rivas. Notifíquese a la representación fiscal de la presente imposición. Archívese en su debida oportunidad. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares G.
Abg. Onelia Díaz