Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con lo establecido en el artículo 356, 358 y 359 del Código Orgánico Procesal Penal al imputado EDUARDO DEL VALLE TINEO VILLARROEL, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.381.966, domiciliado en Casanay, Sector El Jobal, Casa S/N, Municipio Andrés Eloy Blanco, Edo. Sucre, por la comisión del delito de EXTRACCIÓN ILICITA DE MATERIAL, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, y en consecuencia procede a suspender condicionalmente el proceso, por el lapso de cinco (05) meses, y le impone como condiciones, las siguientes: PRIMERO: TRABAJO COMUNITARIO consistente en la siembra de 50 plantas entre especies frutales y forestales en las ori.....