Nótese que el procedimiento de separación de cuerpos alcanzó su fin y obtuvo el carácter de cosa juzgada, el cual culminó en la disolución del vínculo conyugal, y que en nada tiene que ver con un procedimiento de partición de bienes de la comunidad conyugal, que es lo que está solicitando el actor; de lo que deviene la gran diferencia entre lo que es separación de bienes y partición de bienes, para lo cual se hace necesario tener claro que, la separación de bienes de la comunidad conyugal no es mas que la suspensión de las gananciales que mantenían los conyugues hasta el momento del decreto que dicta el juez sobre la separación de cuerpos y de bienes, y que tal como lo dispone el articulo 189 del código civil que establece: "... Son causas únicas de separación de cuerpos las seis primeras que establece el artículo 185 para el divorcio, y el mutuo consentimiento. En este último caso el Juez declarará la separación en el mismo acto en que fuere presentada la manifestación p.....