Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara penalmente responsable y sanciona por el procedimiento de admisión de los hechos, al ciudadano XXXXXXXXXXXXXXX; la cual se le iniciara por el delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad; a cumplir de manera simultanea las medidas de Reglas de Conducta por el lapso de un (01) año y Libertad Asistida por el lapso de seis (06) meses, sanción ésta prevista en los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la cual consiste en que el sancionado se mantenga incluido en el sistema educativo formal o la realización de cursos de su interés. Así mismo, se le advierte que no deberá incurrir nuevamente en hechos similares a los que dieron origen a la pres.....