En consecuencia se ANULA el Acta de designación de Experto Grafotécnico de fecha 26/03/2015, así como la boleta de notificación del experto librada ese día, y recibida por él en fecha 29/03/2015, lo que en consecuencia genera la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado en que se solicite y fije la nueva oportunidad para la celebración del acto de designación de expertos grafotécnicos, dejándose constancia que debido a la reposición aquí decretada debe computarse el lapso de evacuación que resta de dicha prueba, contado a partir del día de celebración de esa errónea actuación, es decir desde el día de despacho 26/03/2015, y que para ese momento y luego de haber transcurrido el lapso de la suspensión acordada por las partes, se habían cumplido cuatro (04) días de despacho del lapso de prorroga de dicha prueba, restando así once (11) días de despacho del lapso de evacuación de la prueba de cotejo, los cuales comenzaran a computarse desde el día de despacho siguiente a la publicación del present.....