D E C I S I Ó N
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: RECONOCIDO EL CONTENIDO Y LA FIRMA de la ciudadana : MARTHA VIÑA DE LAREZ, titular de la cedula de identidad N° V- V-1.916.872, estampada en el documento privado que cursa al folio 04 y su vuelto del expediente que dio origen al presente proceso, suscrito por las partes.-