declara Sin Lugar la solicitud interpuesta por la abogada Beatriz Plánez, en la presente causa seguida al adolescente XXXXXXXXX por su presunta participación en el delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal Vigente; en perjuicio de los ciudadanos Richard Alexander Rivero Brito, Danny Igor Rivero Brito, Ángel Daniel Moreno Noriega, Luis Gerardo Vásquez León, Firas Tufic Yordi Yordi, Edgard Cruz Hernández Oyoque y José Enrique Parra Salem. En tal sentido, se acuerda mantener la medida de detención judicial preventiva de libertad decretada por este tribunal en fecha cuatro de marzo del presente año, de conformidad con el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. La