En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; SOBRESEE la causa a favor del Ciudadano HENRY JOSE TINEO GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 17.213.057 y residenciado en la Urbanización Bebedero, Calle 04, Vereda 32, casa N° 28, Cumaná, Estado Sucre; por la comisión del Delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 458, en su último aparte del Código Penal Derogado, en perjuicio de la Ciudadana NAILEC DEL VALLE VALDIVIESO LUGO.