este Tribunal de Ejecución de la sección de adolescentes, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA y AUTORIZA el Traslado del joven adulto xxxxxxxxxxxxx; por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en relación con el artículo 424 ejusdem, en perjuicio del ciudadano JHON MANUEL ASTUDILLO RIVAS (OCCISO); a cumplir la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR UN PLAZO DE CUMPLIMIENTO DE CUATRO (04) AÑOS Y OCHO (08) MESES, desde la Guardia Nacional Bolivariana De Venezuela Destacamento N° 53,hasta el Internado Judicial De Cumana Estado Sucre.