Por lo razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal procediendo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de DIVORCIO fundamentada en el ordinal 3° del artículo 185 del Código Civil; intentada por el ciudadano LUIS ANTONIO CENTENO, quien es venezolano, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Caracas, Distrito Capital y titular de la cédula de identidad N° V-3.696.218; debidamente asistido por la Abogada ELISA VÁSQUEZ VIZCAÍNO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.434.746 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 29.596; contra la ciudadana VALLE ROSARIO CAMPOS MARCHAN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-4.189.624.