Este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en la ciudad de Cumana, dando cumplimiento a lo acordado en el Auto de Revisión de Medida de fecha 20 de Diciembre de 2005, y de conformidad a lo establecido en la parte afín del artículo 264 de Código Orgánico Procesal Penal, declara CON LUGAR la solicitud de la profesional del Derecho SUSANA BOADA DE MARTINEZ, actuando con el carácter de Defensora Pública del acusado ANTONIO PEINADO RAMIREZ y ACUERDA: alargar el régimen de presentaciones del mismo, que son, cada Ocho (08) días, por cada Treinta (30) días, ya que dicho acusado ha cumplido diligentemente con la medida impuesta por este Tribunal ante descrita.