Este Tribunal Unipersonal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, presidido por la Abogada MARLENY MORA SALAS, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, luego de cumplir con el análisis probatorio con estricta observancia a lo establecido en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, tomó la siguiente decisión SE ABSUELVE al ciudadano RIYITHZON JOSÉ FLORES HERNANDEZ, de los delitos de ROBO AGRAVADO y LESIONES PERSONALES LEVES, previstos y sancionados en los artículos 458 y 416, respectivamente, del Código Penal, en perjuicio del ciudadano RAÚL VITTORIO MÁRQUEZ CARDENAS, cuya comisión le imputara la Fiscalía Décima del Ministerio Público de este Circuito Judicial, representada en Juicio por la abogada RITA PETTIT, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia SE ORDENA SU INMEDIATA LIBERTAD LA CUAL SE HARÁ EFECTIVA DESDE ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIA., .....