ASUNTO : RP01-P-2007-003712
en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela Y Por Autoridad de la Ley. Consecuencialmente, este tribunal, en virtud de la decisión planteada, pasa a realizar la Revisión de la Medida de Coerción Personal, que pesa sobre el acusado, la cual hace en los siguientes términos: Visto que la pena del delito de Uso de Documento Falso, no excede de Tres (03) años de Prisión y que el acusado tiene arraigo en el país, por manifestar un domicilio fijo, este tribunal pasa a acordar la libertad del acusado JOSE ARIZA SABALLE, de nacionalidad Colombiana, nacido en fecha 08-10-1955, de 52 años de edad, soltero, carpintero, titular de la cédula de identidad N° E. 8.750.978, domiciliado en La Vega, Barrio el Carmen, calle Principal, casa N° 40 mas arriba de la Panadería La Vega, Caracas, Distrito Capital, desde esta misma sala de audiencias, imponiéndole nuevamente de las condiciones de la suspensión, aquí acordadas. Líbrese Boleta de Libertad adjunta con ofic.....