En consecuencia, este TRIBUNAL ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA Dejar sin Efecto la Orden de Aprehensión librada en contra del ciudadano xxxx, venezolano, nacido en fecha 26/07/1.996, de 19 años de edad, adolescente para el momento en que se cometen los hechos imputados, titular de la cédula de identidad N° V-xxx, de profesión u oficio obrero, natural de Cumaná, hijo de xxx y xxx, residenciado en xxxx, en fecha 19 de Marzo del año 2014, por el Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, para garantizar el curso normal del proceso, por lo que entiende este juzgador que hubo un error involuntario, y que tácitamente la misma quedo sin efecto. En consecuencia se le Restituye su LIBERTAD y se ordena librar de manera inmediata Boleta de .....