Por las consideraciones antes expuestas, el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en este estado del proceso y sobre la base del numeral cuatro del artículo 318 Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA al ciudadano Isidro García Fuentes, venezolano, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.885.375, casado, nacido el 15-05-1979, residenciado en Urb. Las Rosas, Vereda 14, Casa N° 1, Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre; en causa iniciada por la presunta comisión del delito Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal; conforme lo ha solicitado el Fiscal Séptimo del Ministerio Público de este Circuito Judicial. En consecuencia se da por concluido el presente proceso. Notifíquese al imputado, su defensor y al Fiscal de la presente decisión conforme al artículo 175 de.....