este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del imputado Máximo José Castro Caraballo, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.592.627, nacido en fecha 10-04-1988, de 24 años, de profesión u oficio vendedor, de estado civil casado, hijo de Pedro José Castro y Mileidys Caraballo, y residenciado en la Calle San Félix, entre la Calle Ecuador y la Calle Colombia, Casa N° 46, cerca del SAIME, Parroquia Santa Catalina, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de Violencia Psicológica, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Karolay Gusvey Hernánd.....