este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo preceptuado en los artículos 206, 211 y 212 de la Ley Civil Adjetiva, REVOCA LA DESIGNACIÓN DE LA DEFENSORA AD LITEM efectuada en fecha 20 de Abril de 2016, recaída sobre la abogada en ejercicio ORITZA EMILIA GUILLOT, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 132.462; DECLARA LA NULIDAD de todas las actuaciones procesales realizadas en el presente procedimiento, relativas al notificación, aceptación y citación de la prenombrada Abogada como Defensora Ad Litem de los HEREDEROS DESCONOCIDOS A TITULO UNIVERSAL O PARTICULAR DEL DE CUJUS EPIFANIO SATURNINO SIFONTE; así como de las actuaciones procesales verificadas con posterioridad y de igual forma, DECRETA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de que se nombre.....