admitida la acusación presentada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público en Materia Ambiental, por el delito de ACTIVIDADES EN ÁREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES, previsto y sancionado en el artículo 58 de la Ley Penal del ambiente, en perjuicio del estado Venezolano, impone a la acusada del Procedimiento Especial por Admisión de los establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, para la imposición inmediata de la pena, habiendo manifestado los acusados libre de coacción y apremio lo siguiente: "Admito los hechos y solicito la suspensión condicional del proceso, ofreciendo sembrar en una parte del Parque Guaqueri de Cumaná, árboles, bajo la supervisión de INPARQUES. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al defensor y manifestó: en vista de lo manifestado por mi representada solicito a este Tribunal proceda a suspender el proceso a pruebas y proceda este Tribunal a imponer las condiciones de conformidad a lo establecido en el artícul.....