Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, Bancario, de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano José Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 65.360, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ESTELIO LAFONT, titular de la cédula de identidad número: V-1.380.667, contra el auto de fecha 05 de mayo del 2005, dictado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de este Circuito y Circunscripción Judicial que negó la medida de secuestro solicitada por el apoderado actor en el juicio que por daños y perjuicios sigue su representado contra la Alcaldía del Municipio Valdez.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CONFIRMADA la decisión apelada, por cuanto se le co.....