PRIMERO: LA EXTINCION DEL PROCESO, propuesta por los ciudadanos: TEOFILO ANOTNIO REYES, PEDRO JOSE RIVERO LOZADA, LUIS RAMON URBANO Y MARCELINO MARCANO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 1.915.979, 532.447, 2.405.729 Y 2.664.393 respectivamente, en contra de la Entidad de Trabajo: FUNDACION DE LA SALUD DEL ESTADO SUCRE (FUNDASALUD), con personalidad jurídica propia, creada en el estado Sucre en la forma prevista en el decreto Nº 0033, de fecha 24/06/1993 y publicada en Gaceta Oficial extraordinaria Nº 89 de fecha 19/06/1993.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de Justicia. CÚMPLASE.
Se deja constancia que la pres.....