Con fundamento en las consideraciones antes desarrolladas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
UNICO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la apelación interpuesta por la Abogada Reyna Patiño, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 47.237, Apoderada Judicial de la parte demandante ciudadanos NORBELIS ANTONIA MARIN DE LOPEZ, JHONNY JOSÉ LÓPEZ MARÍN, JORBELIS DEL VALLE LÓPEZ MARÍN, JHOMBER ALEXANDER LÓPEZ MARIN, titulares de la Cédula de Identidad Nos. V-6.958.446, V-20.126.442, V-24.715.546 y V-28.748.392 respectivamente, en la presente causa, en contra del Auto de fecha 05 de Febrero de 2016, dictado por el Juzgado de Protección de Niño, Niña y Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre. En consecuencia, admítanse las pruebas co.....