en el Tribunal de Juicio de esta misma Circunscripción este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve, PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE, para conocer de la Acusación Privada, intentada por el ciudadano CESAR ANTÓN, debidamente asistido por ABOGADO CARLOS RODRIGUEZ, en contra del ciudadano ALCIDES GUTIERREZ, por la presunta comisión de los delitos de Difamación e Injuria previstos y sancionados en los Artículos 442 Y 444, ambos del Código Penal. SEGUNDO: en consecuencia, se DECLINA el conocimienJudicial Penal del Estado Sucre, ordenándose así, la remisión de la presente ACUSACIÓN PRIVADA, a la URDD, a los fines de que sea redistribuida