este Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal de Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley acoge el pedimento fiscal y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguido al imputado Antonio José Buriel, venezolano, mayor de edad, casado, pescador, titular de la cedula de identidad Nro.-11.908.127, residenciado en calle la Planta, casa s/n, Santa Fe, jurisdicción de la parroquia Raúl Leoni del Municipio Sucre del Estado Sucre, quien está incurso en la presunta comisión de uno de los delitos contra las personas (Lesiones Personales), en perjuicio de Orlando Lezama( no cursa en el presente asunto suficientes datos identificativos referente a la victima). De conformidad con el establecido en el artículo 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, que dice lo siguiente: El Sobreseimiento procede cuando numeral 4.-A pesar de la falta de certeza, no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevo.....