este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión de DIVORCIO fundamentada en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, por abandono voluntario, incoada por la ciudadana MARÍZ TERESA BENITEZ, titular de la cédula de identidad N° V-5.692.262, quien estuvo representada Judicialmente por los abogados en ejercicio GERMIS EUGENIO MUÑOZ y OSLAIDA GARCÍA ROJAS, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros: 42.225 y 116.435 respectivamente, contra el ciudadano CRUZ RAFAEL MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.683.920, y en consecuencia DISUELTO EL MATRIMONIO contraído por ambos ciudadanos, por ante la Prefectura de la Parroquia Altagracia, Municipio Sucre del Estado Sucre, el día 11 de Ma.....