este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de que se reaperture el lapso legal previsto para el ejercicio del recurso de apelación contra la sentencia definitiva dictada en fecha 04 de Mayo de 2015