, Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto, de proveer sobre el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de Ejecución de la Pena, al ciudadano JOSÉ MANUEL VICENT MORENO quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 16.485.770, quien fuera condenado a cumplir la pena de: DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley; por la comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 479, 494 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal.Se Acuerda practicarle Reconocimiento Psicológico y Social al mencionado penado y a tales efectos se comisiona al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Cumaná; De igual forma se acuerda, en virtud de que no consta en el expediente la ertificación de antecedentes penales del condenado q.....