en consecuencia éste Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: RESUELVE: PRIMERO: se Desestima totalmente la acusación presentada por la representación fiscal en contra del adolescente: OMISSIS, por no revestir los hechos de carácter penal, en virtud de que el hecho objeto del proceso no se realizó o no puede ser atribuido al Imputado de autos de conformidad con lo establecido en el literal "A" del articulo 578 de la Ley orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en relación con el ordinal 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: se Decreta el Sobreseimiento Definitivo de la presente causa seguida contra el adolescente OMISSIS; por considerar que el hecho objeto del proceso no se realizó o no puede ser atribuido al Imputado de autos de conformidad con lo establecid.....