Este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, se declara SIN LUGAR la solicitud de DECAIMIENTO DE MEDIDA presentada por el Abg. Jesús Mayz, en representación del ciudadano: MIGUEL ELADIO RICARDO SUNIAGA GUERRA, ampliamente identificados en actas, quien se encuentra presuntamente incurso en la comisión de los delitos de Violación, previsto y sancionado en el artículo 374, ordinal 1° del Código Penal Venezolano, con el agravante del 217 de la LOPNNA, en perjuicio de la adolescente OMISSIS; por lo que se mantiene la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad, todo a fin de resguardar y asegurar las resultas del proceso penal, medida esta que no es indeterminada en el tiempo, sino que supone el interés del legislador de obtener con prontitud un pronunciamiento que permita brindar la tutela judicial efectiva, y en .....