Con fuerza de los razonamientos procedentemente expuestos este Juzgado tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la pretensión incoada por el Abogado en ejercicio SANDY ROJAS FARIAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 48.614, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana NELLY JOSEFINA PADILLA GUZMAN, ampliamente identificada en autos en contra del ciudadano ARGENIS MANUEL MARIN GARCIA, ampliamente identificado en las actas que conforman el expediente, quien estuvo a su vez representado por el Abogado en ejercicio JESUS ALBERTO MARTINEZ NAVARRO, , inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº33.415.