Este JUZGADO SEXTO DE CONTROL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera declarar Con Lugar el pedimento Fiscal, y acuerda que lo procedente en derecho es otorgarle la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES al ciudadano YINQUELIS JOSÉ COVA VÉLIZ, a quien se le otorga su libertad desde esta sala de audiencia, dejándose constancia que se retira en buenas condiciones físicas.