Homologa el Acuerdo Reparatorio celebrado entre las partes de conformidad con lo previsto en el articulo 40 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado Sumer José Márquez Reyes, en virtud de encontrarlo incurso en el delito de Estafa , previsto y sancionado en el articulo 462 del Codigo Penal, en perjuicio de las Victimas Zulia carreño, Ninoska Carreño, Marvis Carrión, Yison Carrion, Yilio Aray y otros y Se Decreta la Extinción de la Acción Penal de conformidad con lo establecido en el articulo 48 ordinal 6ª del Código Orgánico procesal penal y en Consecuencia el sobreseimiento de la Causa de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 3ª del Código Orgánico procesal penal