este Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, ACUERDA exhortar a un Juez de la Unidad de Jueces de Ejecución de la Ciudad de Mérida del Estado Mérida, a fin de que provea lo conducente en el seguimiento del cumplimiento de la pena impuesta al penado de autos; inclusive lo relacionado con el otorgamiento de los posibles beneficios a los que tenga derecho el ciudadano YENFRI BLADIMIR PARADA CORTEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.606.456, debiendo informar a este despacho cualquier situación que se presente, incluyendo el otorgamiento de beneficios. Todo de conformidad a lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese a la Unidad de Jueces de Ejecución de la Ciudad de Mérida Estado Mérida, remitiendo exhorto, copias certificadas de sentencia y del auto de ejecución de sentencia. Notifíquese a las parte