Por los fundamentos de hecho y de Derecho, anteriormente explanados este TRIBUNAL ACCIDENTAL DE JUICIO, SECCIÓN ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ACTUANDO COMO TRIBUNAL MIXTO CON ESCABINOS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, tomando en consideración los argumentos de hecho y de derecho ya explanados, DECLARA POR UNANIMIDAD INOCENTE al adolescente por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el articulo 6, ordinales 1,2 y 3 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor, cometido en perjuicio del Ciudadano: WILLIAMS MUÑOZ; y en consecuencia se ordena el cese de las medidas cautelares que estaba gozando hasta la presente fecha.
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes, déjese Copia debidamente Certificada de la presente Decisión. Dada, firmada y sellada en la sala del Tribunal Mixto de Juicio Accidental de la sección de Adolescentes del Primer Circuito judicial.....