Por las razones de hecho y de derecho antes expresadas, este Juzgado Segundo de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor del adolescentexxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; en la causa seguida por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx e INVERSIONES "CYBER NAVAS C.A."; ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en los artículos 5 y 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores; y PRIVACIÓN ILÉGÍTIMA DE LIBERTAD, previsto en el artículo 174 del Código Penal, en perjuicio del ciudadanoxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; por haber operado la prescripción de la acción penal, de conformidad con los artículos 615 y 561 literal "D" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adol.....