decide: ABSOLVER, al ciudadano ISMAEL MARTÌN RONDÒN RAMÌREZ, Venezolano, natural de Guiria municipio Valdez del estado Sucre, de 24 años de edad, nacido en fecha: 03-11-87, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, Titular de la Cédula de identidad Nº 18.585.883, hijo de: Nancy Ramírez y Bacilio Rondòn, residenciado en: Sector Las Malvinas, última Calle frente a la Iglesia Renacer con Cristo Guiria municipio Valdez del Estado Sucre, del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, ello en virtud de comprobarse que es NO CULPABLE del hecho punible atribuido. La presente decisión es dictada de conformidad con lo establecido en los artículos 347 y 348 del Código Orgánico Procesal Penal.