En consecuencia este Tribunal de Protecciķn del Niņo y del Adolescente de la Circunscripciķn Judicial del Estado Sucre Cumaná, en su Sala de Juicio, bajo Decisiķn del Juez Nē 1, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara bastante y suficiente estas actuaciones para asegurarle a los ciudadanos: MARIA ELOINA ZAMBRANO DE ALVAREZ, a sus hijos los ciudadanos JOHAN ANTONIO, JOHANA JOSEFINA, JHONNY JESUS Y YUTDEYS MARIA ALVAREZ ZAMBRANO, mayores de edad, a LUIS EDUARDO ALVAREZ GONZALEZ MEJIAS, YHOANGEL JOSE ALVAREZ MEJIA, adolescente y a la niņa ART. 65 LOPNA, en sus condiciones de cķnyuge e hijos del fallecido YOANNI ANTONIO ALVAREZ FIGUEROA, sus derechos como sus UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, por lo que se acuerda devolver estas actuaciones con sus resultas y constante de dieciséis (16) folios útiles. Se ordena expedir cinco (5) juegos de copias certificadas del expediente.-