En consideración a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano MIGUEL ANGEL ÁREVALO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad N° 6.966.690, contra EDITORES ORIENTALES C.A,
SEGUNDO: Se condena a la demandada a cancelar al demandante la cantidad de: CUARENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL CON OCHENTA Y CUATRO BOLIVARES (Bs. 44.380.084,00), que a la conversión de bolívares fuerte serian CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA (Bs. 44.380,00), por los conceptos demandados.
TERCERO: Se ordena la corrección monetaria de la cantidad de : CUARENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS OCHE.....