Este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, otorga como lapso de prorroga a la Fiscalía Décima del Ministerio Publico, quince (15) días adicionales contados a partir del vencimiento de los treinta (30) días iniciales que establece la norma, a los efectos de la presentación del acto conclusivo de la presente causa.- Visto que fue planteado por la defensa la solicitud de un acto de reconocimiento en esta audiencia, a lo cual no se ha opuesto en forma alguna el Ministerio Publico, es por lo que este Tribunal fija como oportunidad para la evacuación del mismo el día 19-06-2007 a las 10:00 a.m., instando al Ministerio Público para que hagan comparecer los testigos reconocedores. Así se decide. Conforme al artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, al habers.....