Este Tribunal Primero Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 24 de Noviembre de 2009; SEGUNDO: SE MODIFICA LA DECISION DICTADA POR EL A QUO. TERCERO: SE DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA, el ciudadano LUIS ANTONIO MARCANO URBAEZ, contra SEIICA CONSULTORES C.A, por motivo de COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES; CUARTO: SE CONDENA A LA PARTE demandada SEIICA CONSULTORES, C.A a cancelar los conceptos de Preaviso; Bono Vacacional; Vacaciones Fraccionadas; Antigüedad Legal; Antigüedad Contractual; Antigüedad Adicional; Utilidades; Mora; TEA; S.N.P y
S.I. y los montos que resulte de la experticia complementaria del fallo, ordenado en la.....