En tal sentido, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del código de procedimiento civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, se declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle a la ciudadana JOHANA CAROLINA BELLO MALAVÉ, titular de la cédula de identidad N° V- 16.398.959, su derecho de propiedad que tiene sobre las Bienhechurias de un inmueble, el cual se encuentra enclavado sobre una parcela de terreno Municipal, ubicado en la calle Las Mercedes de Playa Grande, Parroquia Bolívar del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, con Número Catastral 19-05-01-02-02-01, la referida parcela de terreno tiene los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con casa que es o fue de Estilita Malavé, con una medida de (50,95 mts); SUR: Con casa que es o fue de Cristhian González, con una medida de (50,95 mts); ESTE: Con Calle Las Mercedes de Playa Grande, con una medida de (4,75 mts) y OEST.....